Cada país tiene sus normativas de desarrollo urbano y de construcción acordes con los recursos económicos, tecnológicos e idiosincrasia vinculados a su realidad geográfica y social. La planificación urbana, es el mecanismo para regular y determinar sus formas de uso fundamentado en un mejor vivir para sus ciudadanos. Por lo general, dentro de los foros especializados en la materia como la Asamblea de Vivienda y Habitat de la ONU, se presentan estudios y recomendaciones para ciudades agradables, inteligentes, verdes y donde lo más importante es el ciudadano. Como parte y análisis de este escrito, la reciente asamblea de la ONU en materia de vivienda y Habitat tuvo como tema central la "Innovación para una mejor calidad de vida en ciudades y comunidades". https://guillermobellovicentini.blogspot.com/2019/06/asamblea-onu-habitat.html
Aunque usted no lo crea los terrenos expoliados por el gobierno - mal llamados expropiados - pasan a tener el "uso y densidad" que el ente expropiador decida!!!. Increíble e inicuo el desprecio para con los legisladores, pensadores y progresistas honestos, arquitectos, urbanistas e ingenieros planificadores con la visión futura adecuada para un mejor vivir en los centros urbanos. Es insólito la capacidad de destrucción del destino definitivo de un terreno en una ciudad o pueblo. La marginalidad urbanizada se ha hecho presente.
Gaceta Oficial 40931, 22 de junio 2016, Decreto No. 2.358, Artículo 7°.
"Se declara la desafectación de los terrenos adquiridos por la República
mediante el procedimiento previsto en la Ley de Expropiación por Causa de Utilidad
Pública o Social, que con posterioridad a dicho procedimiento hayan sido destinados
a la construcción de urbanismos de la Gran Misión Vivienda Venezuela, cuando el
nuevo uso y destino dado a dichos terrenos sea diferente al que originalmente motivo
la expropiación, en cuyo caso, la Instancia competente procederá a cambiar su uso
adecuándolo a su destino definitivo."
Este decreto viola las variables urbanas fundamentales que son derechos adquiridos de los vecinos del suelo por jurisprudencia y ordenanzas de zonificación, es contrario a la constitución venezolana, sus leyes orgánicas y reglamentos en la materia, a la zonificación de hecho y derechos existentes, al código de comercio, a los planes de desarrollo urbano (POU), a los planes de desarrollo urbano local (PDUL) y a los derechos de propiedad privada, menoscabando el índice de prosperidad de las ciudades.
Un funcionario público, destruye años de estudios y proyectos de profesionales y técnicos venezolanos de calidad mundial en materia urbanística. Finalmente la extravagante intelectualidad planificadora decide que las viviendas no requieren documento de parcelamiento, condominio ni propiedad... ESTADO PROMOTOR DE MARGINALIDAD URBANIZADA.
Ok
ResponderBorrarIdeas bien redondas e hilvanadas que llevan al lector a estar 100% de acuerdo contigo y la lógica del planteamiento.