En varias oportunidades he manifestado mi preocupación por las viviendas construidas y asignadas sin documento de propiedad gracias a una sentencia del Tribunal Supremo de Justicia, que eliminó la propiedad privada plena en las viviendas construidas por cualquier organismo del estado a partir del año 2016 (TSJ/sala constitucional/sentencia 343/06/05/2016) a la cual hice referencia en un escrito anterior.*
- El (la) adjudicatario caso de ausentarse por alguna circunstancia deberá solicitar autorización de forma inmediata y por escrito al Instituto.
- El (la) adjudicatario no podrá en ningún caso ceder, traspasar, arrendar, vender, enajenar, gravar, abandonar, dar al cuido o custodia a terceras personas u otros familiares.
- El (la) adjudicatario en caso de que algún familiar directo se vea en la necesidad de habitar el inmueble , en condición de alojado y solicite adjudicación, el instituto no esta obligado a decidir a favor del alojado y puede solicitar la devolución del inmueble de inmediato.
- El (la) adjudicatario no podrá poseer otra vivienda en cualquier parte del territorio nacional, bien sea de procedencia de algún ente público ni comprada en el sector privado.
- El incumplimiento reiterado comprobado de las normas de convivencia u otra no considerada en dichas normas, pero que atenten contra la pacifica convivencia en el urbanismo dará derecho a revocar la adjudicación.
- El Instituto se reserva el dominio del inmueble y en caso de incumplimiento de este documento podrá sin procedimiento previo recuperar la vivienda y asignarla a un nuevo beneficiario que la requiera.
En mi próxima entrega voy a comentar la "Carta de adjudicación de vivienda" la cual es ignominiosa, opresora de libertades y violadora de los derechos humanos. En la colonia; los mantuanos o amos del valle proporcionaban barracas a los esclavos, hoy los socialistas o nuevos amos del valle proporcionan LA VIVIENDA COMO ESCLAVITUD MODERNA.
* https://guillermobellovicentini.blogspot.com/2018/02/la-vivienda-tsj-y-los-senores-feudales.html
Excelente... Muy buena información para los "adjudicados" que desean vender o para los "compradores" para que no cometan errores al querer adquirir viviendas de este tipo...
ResponderBorrarEsa "carta de adjudicación" no solo vulnera el derecho a la propiedad privada sino que atenta seriamente contra otros derechos fundamentales consagrados en la Carta Magna y en el ordenamiento jurídico internacional.
ResponderBorrarEs una barbaridad comunista por dominio absoluto sobre la gente. Esclavos del siglo 21
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